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Carnet título barco Blanes.

Rent a Boat Barcelona & Blanes

¿Estás pensando en sacarte un carnet para conducir una embarcación?

En España hay varios tipos de titulaciones náuticas, dependiendo del tamaño del barco y de la distancia de navegación. En este artículo, vamos a ver las diferentes opciones disponibles en la actualidad.

1. NO SE NECESITARÁ TITULACIÓN NÁUTICA DE RECREO:

Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora. Las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa a excepción de las motos náuticas. Siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo. La actividad se realice en régimen de navegación diurna. Los interesados deberán haber cumplido 18 años de edad. No será necesario cumplir con los requisitos de edad. Ni de titulación regulados en este real decreto a efectos de la preparación y participación en competiciones marítimo-deportivas oficiales.

2. LICENCIA DE NAVEGACIÓN:

Es el título más común y básico para los que quieren iniciarse a la conducción de barcos. Autoriza los mayores de 18 años (mayores de 16 con autorización paterna) exclusivamente a la navegación diurna. Para embarcaciones de máximo 6 metros de eslora y a una distancia máxima de 2 millas del puerto de salida. También permite conducir motos de agua con motor de hasta 55cv.

3. PATRON DE NAVEGACION BASICA:

Conocido también como PNB. Hay que tener mínimo 16 años para obtener este carnet. Nos autoriza a navegar en barcos de vela y motor de máximo 8 metros de eslora. Está permitida la navegación nocturna y salidas de hasta 5 millas. Con este título podemos conducir motos y barcos sin límites de potencia.

Carnet título barco Blanes.

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4. PATRÓN DE EMBARCACIONES DE RECREO:

El PER nos permite salidas nocturnas y diurnas. De hasta 12 millas desde la costa y la navegación en barcos de hasta 24 metros de eslora. Más allá de la aprobación del examen final, para la obtención de este carnet. Hay que realizar unas prácticas de seguridad y navegación, cursos de radio y prácticas de vela. Además existen unas prácticas de navegación en travesía que nos permitirán sacar un permiso adicional. Para salidas de hasta 50 millas.

5. PATRÓN DE YATE:

Con este título podremos navegar por todo el Mar Mediterráneo. Es decir hasta 150 millas marinas de la costa. El tamaño de las embarcaciones permitidas con este permiso es de hasta 24 metros de eslora.

6. CAPITÁN DE YATE:

Este carnet, no tiene restricciones en cuanto a distancias que se pueden navegar desde el puerto de salida. En algunos casos, las normativas permiten hasta llevar yates con más de 24 metros de eslora.

Patrón navegación básica. Carnet título barco Blanes.

Patrón navegación básica. Carnet título barco Blanes.

 

NOTA SEGÚN GOBIERNO DE ESPAÑA:

Las titulaciones náuticas de recreo habilitan para gobernar embarcaciones de recreo que no tengan fines comerciales. Las titulaciones náuticas de recreo son emitidas por la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas que hayan asumido estas competencias. Tales como (Andalucía, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Cataluña, Ceuta, Galicia, Melilla, Murcia,  País Vasco y Valencia).

Para obtener una titulación náutica de recreo.

De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre. Por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, y dependiendo del tipo de titulación a obtener. Hay que superar un examen teórico así como realizar una serie de prácticas. Siempre y cuando la Administración Competente así lo haya legislado. La realización de las prácticas se podrá sustituir por un examen práctico. Los exámenes teóricos los realizan la Dirección General de la Marina Mercante o las Comunidades Autónomas antes mencionadas. Las prácticas y cursos de formación, únicamente se podrán realizar en las escuelas náuticas de recreo. Estas deben cumplir los requisitos exigidos por la legislación vigente (Real Decreto 875/2014).

La expedición del título.

Estas escuelas emitirán una certificación acreditativa de haber realizado las prácticas. Una vez cumplidas las condiciones determinadas para cada título, el interesado podrá solicitar la expedición del título. Este se emitirá por la Comunidad Autónoma o la Dirección General de la Marina Mercante.

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